Por el Dr. Raúl Álvarez Sturla. Asesor del Consejo Regional de Desarrollo, Inc. CRD.
Los enfoques estratégicos de la Dirección Técnica del Consejo Regional de Desarrollo, Inc. (CRD) visualizan que las Cámaras Legislativas no consideraron los objetivos de la Estrategia Nacional para el Desarrollo 2030, al aprobar la ley orgánica sobre las Regiones Únicas de Planificación Nacional, contemplando que los mismos repercutirá en forma negativa en nuestra nación
Recordemos que el 26 de enero del 2010 se aprobó una nueva Constitución de la República que se caracterizó por realizar una reforma integral a la Constitución del 2002. En su Artículo 24, se estableció la necesidad de una Estrategia para el Desarrollo Nacional a largo plazo, designando al Poder Ejecutivo, previa consulta al Consejo Económico y Social, y a los partidos políticos, a elaborar y someter al Congreso una ley para su aplicación.
El 25 de enero del 2012 se publicó Ley 1-12. sobre la Estrategia de Desarrollo Nacional 2030 y dentro su los objetivos, específicamente en su numeral 2.4, se estableció la necesidad de que existiera una coherencia territorial, que definiera para todas las instancias gubernamentales, regiones únicas para la Planificación Nacional y la auto gestión regional, sobre la base de poseer características sociales, culturales, políticas, geográficas y acceso marítimo para cumplir con la similaridad, que permitiera una mejor distribución de los recursos del Estado entre su gente.
Sin embargo, la Ley recientemente aprobada, aunque reconoce que la mayoría de las regiones aprobadas reúnen las características de similaridad, otras no las reúnen, por lo que la nueva ley pudiera ser declarada constitucionalmente discriminatoria. Lo aprobado, se limitó a ratificar las 10 regiones existentes dándole un carácter de Únicas, a ser utilizado por todas las dependencias del Gobierno en su Planificación presupuestaria.